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La Justicia rechaza la petición de un centenar de aspirantes de revisar las oposiciones docentes andaluzas de 2021

Oposiciones de la Junta de Andalucía

Néstor Cenizo

Málaga —
27 de marzo de 2025 06:01 h

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Hace ahora cuatro años cuajó un movimiento de protesta entre los opositores de diversas convocatorias andaluzas al cuerpo de docentes. A través de denuncias públicas y de reclamaciones ante los tribunales e instituciones como el Defensor del Pueblo, cientos de aspirantes alzaron la voz para denunciar un sistema de acceso opaco y con tintes autoritarios. Dos años después, la Consejería de Desarrollo Educativo recogió el guante: las calificaciones, al fin, se podrían revisar sin esperar a que se publicaran las listas definitivas de aprobados.

Mientras, las reclamaciones judiciales siguieron su curso. Alguna, como la de varios opositores de Dibujo que se enfrentaron a un examen lleno de errores, tuvieron éxito y la convocatoria se repetirá para todos los que se presentaron, aunque solo siete reclamaron. Y otra, como la demanda colectiva que interpuso la asociación Opositores Reclaman por las presuntas “irregularidades y una falta integral de transparencia” acaba de recibir sentencia desestimatoria.

Cuatro años después, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) concluye que no le corresponde reevaluar y que no se han probado los supuestos omisiones, errores o falta de motivación de las calificaciones de aquel proceso.

Pérdida de confianza en el sistema

La asociación denunció la arbitrariedad y falta de transparencia de aquellas oposiciones. Se había producido, según alegaban, una “criba a sangre fría” en la prueba práctica (eliminatoria y dividida en dos partes), de modo que se suspendió con notas ínfimas a cientos de opositores no porque su examen mereciese esa calificación de acuerdo con los criterios generales de corrección, sino porque convenía eliminar un porcentaje importante en la primera fase. Todo ello, sin poder ver su examen.

Pedían que se les repitiera la prueba, esta vez informándoles previamente de los “criterios específicos de puntuación”; si no, que se les volviera a calificar, motivando sus puntuaciones; y, si eso tampoco lo aceptaba el tribunal, que al menos se compararan sus exámenes con los que sí pasaron la primera prueba.

Para los integrantes de la asociación, 130 opositores que se adhirieron al recurso con la esperanza de que se les repitiera la prueba, la sentencia ha sido un chasco. “Es una tomadura de pelo, estamos muy frustrados e indignados”, resume María José Palanca, su presidenta. “Sentimos rabia, porque llevamos cuatro años y no ha servido para nada. Nos han negado las pruebas y ni siquiera nos han dado el expediente completo con los exámenes de todos los que impugnamos”. El testigo que propusieron, un profesor que difundió una carta de queja por el sistema de oposiciones, fue rechazado. Y apenas han podido ver una decena de sus exámenes, suficientes para reafirmarse en sus sensaciones.

Palanca sigue creyendo que les calificaron arbitrariamente la prueba práctica para eliminarlos antes de la teórica. “Yo me tiré más de un año estudiando noche y día. Hice todos los ejercicios prácticos, cinco, y me pusieron un 0,75… ¡tras un año de preparación! Aunque lo bordé el tema teórico, ya no me hacía media. Mi examen era para tener plaza y me quitaron de en medio”, recuerda Palanca, que no ha vuelto a presentarse a unas oposiciones. Como otros, perdió la confianza en el sistema.

Los miembros de la asociación valoran ahora si recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

Sin posibilidad de revisar el examen hasta el final

La sentencia rechaza todas las peticiones de los opositores. Alegaban que no tener oportunidad de ver el examen e impugnar las calificaciones de la primera prueba (dividida en dos partes) hasta que se publicara en BOJA las listas de personal seleccionado no produce indefensión. El TSJA razona que siempre se puede impugnar las calificaciones en vía judicial, si bien posteriormente niega tener capacidad para hacer una reevaluación de las pruebas.  

En la convocatoria de aquellas oposiciones tampoco se publicaron qué “rúbricas e ítems” se tendrían en cuenta para corregir las pruebas. Es decir, qué elementos concretos debía contener cada respuesta para ser dada como válida. Los demandantes creen que esto invalidaba las calificaciones, pues abre la puerta a la arbitrariedad y no cumplirían los requisitos de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Tal y como contó este medio en su día, muchos de ellos habían obtenido una nota bajísima, inferior a 2,5 sobre 10, que es la que marcaba el corte para superar la prueba práctica. A otros se les excluyó con una nota media en las dos partes de la primera prueba de 4,995. Es decir, a cinco milésimas del aprobado, sin que se les permitiese ver en qué habían fallado. La plataforma alberga la sospecha de que la nota se rebaja artificialmente para encajar el número de aspirantes que superan la primera prueba al preasignado a cada tribunal, cuyos miembros soportaban jornadas de corrección maratonianas.

El TSJA también rechaza que esto suponga una merma de derechos de los opositores, admitiendo la respuesta de la Junta de Andalucía, que alegaba que los criterios sí estaban en las bases y, en cualquier caso, en un documento aparte. La Consejería de Educación negó en su día que los tribunales manejaran porcentajes preasignados de aprobados y ahora el TSJA subraya que las calificaciones de los tribunales de oposiciones se apoyan en su “discrecionalidad técnica”. “No puede sin más ser sustituido su criterio por el que pueda sostener el interesado afectado, o el que pudiera mantener el órgano judicial, que no tiene los mismos conocimientos que posee el órgano calificador sobre el contenido técnico de la materia objeto de examen.

El TSJA recuerda que no puede convertirse en árbitro entre “divergencias u opiniones técnicas” salvo que estas “rebasen los límites” del margen de apreciación. Es decir, salvo que haya un “inequívoco y patente error técnico” que obligue a intervenir.

Cambios a partir de la siguiente convocatoria

A la siguiente convocatoria, la Consejería de Educación empezó a permitir la revisión de exámenes y garantizó que los criterios de corrección se conocerían con antelación. En 2023, los opositores ya pudieron solicitar copia de su examen y del documento de evaluación, una vez celebrada la primera prueba y sin tener que esperar al final del procedimiento, y se abrió un plazo de alegaciones de 24 horas para cada una de las pruebas.

La Consejería negó que el cambio estuviese motivado por las reclamaciones, pero llegó justo tras las quejas públicas, una resolución del Defensor del Pueblo pidiendo respetar el “derecho de los opositores a que sus exámenes sean revisados y corregidos, en su caso, de forma motivada” con “criterios claros y precisos” y las demandas judiciales. “Creo que en parte fue por nuestra reclamación”, concluye Palanca.

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